INCREMENTO SALARIAL
Una vez conocido el dato de IPC del año 2025, en este mes de enero hay que
actualizar las tablas salariales y pagar los atrasos del IPC sobre los meses que se haya
superado el 0,25adelantado, que son los que a continuación detallamos:
Febrero 0,35; marzo 0,35; abril 1,05; mayo 1,05; junio 1,75; julio 1,65; agosto 1,75;
septiembre 1,45; octubre 2,15; noviembre 2,35; diciembre 2,65.
Este porcentaje se tiene que calcular de forma individual de todos los conceptos
retribuidos pagados a cada trabajador/a en esos meses. Por ese motivo, no calculamos
ejemplos, puesto que varían si el trabajador/a ha realizado noche, festivos, pluses por
acuerdo o aumento salarial, baja laboral, etc.
El incremento en las tablas salariales para este mes se sitúa en la actualización del
IPC 2,9%, al que hay que incrementarle, una vez actualizado, un 0,25% más un
0,3375% y el 1,35% de la segunda plataforma. Las tablas salariales nuevas, las
repartiremos una vez que este último concepto esté consensuado con la dirección de la
empresa, tal como establece el 20 convenio colectivo. La subida salarial y los atrasos
serán abonados entre el anticipo de este mes, 29 de enero, y la liquidación del 13 de
febrero.
Desde UGT somos conscientes de que la electrificación del automóvil se ha retrasado
en función de las previsiones que había hace 3 años, y eso ha hecho que se flexibilice
la fecha de cese de los motores de combustión. Nuestro primer vehículo eléctrico
fabricado en Martorell inicia su fabricación en serie en el mes de marzo y, a
continuación, el Polo VW, evidentemente con retraso sobre lo previsto, puesto que las
ventas de coches eléctricos no son altas, pero, aun así, las marcas chinas están
saturando el mercado. Pero eso no significa que dejemos de necesitar una segunda
plataforma eléctrica SSP para mantener el futuro de los puestos de trabajo, y no
dejaremos de trabajar hasta conseguirla.
PERMISOS RETRIBUIDOS
UGT ha solicitado a la dirección de la empresa que se aplique la sentencia de casación
del Tribunal Supremo, dictada a finales de año, que casa diferentes casos que hemos
ganado los sindicatos en los juzgados, dado que esta mejora la aplicación del permiso
de 5 días para enfermedad grave, accidente, hospitalización e intervención quirúrgica,
esta última con reposo domiciliario, del cónyuge o pareja de hecho, hijos/as, nietos/as,
abuelos/as, tanto naturales como políticos/as, e hijos/as no biológicos (hijos/as de la
pareja conviviente), parto natural o cesárea de hijas, madres, hermanas, nietas y
abuelas, tanto naturales como políticas, e hijas de la pareja conviviente.
SECCION SINDICAL UGT SEAT MARTORELL 20/01/26